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Servicios de Base de Datos

(V3 24-06-2015)

Condiciones Particulares para la Prestación de Servicios de Base de Datos

1. Regulación

1.1. Las presentes Condiciones Particulares regulan los términos de los Contratos celebrados entre hibu Connect S.A., sociedad unipersonal (en adelante, “hibu”) y sus Clientes para la prestación por hibu de servicios de bases de datos.

1.2. En todo aquello no contemplado de manera expresa en estas Condiciones Particulares será de aplicación lo dispuesto en las Condiciones Generales de Contratación de hibu, que el Cliente declara conocer y aceptar, pudiendo ser consultadas en https://www.beedigital.es/condiciones/contratacion/

 

2. Objeto del Contrato

El Contrato tendrá la duración prevista en la Orden de Pedido.

2.1. El objeto del Contrato consiste en establecer las condiciones para la prestación por parte de hibu a favor de sus Clientes de los servicios de bases de datos indicados en la Orden de Pedido (en adelante el “Servicio”), en la que debe constar el destino y el/los período/s durante el/los cual/es el Cliente podrá hacer uso de la base de datos.

2.2. hibu declara que el origen de los datos que, en el marco del presente acuerdo, se suministrarán al CLIENTE para su utilización en la elaboración de las bases de datos, de las campañas o acciones de marketing, prospección comercial y publicidad directa anteriormente mencionadas será cualquiera de los siguientes:

a.- el fichero “FAP-RES”, titularidad de hibu, inscrito en el Registro General de Protección de Datos con el número 2150822198, obtenido a partir de fuentes de acceso público, el cual cumple con los requisitos exigidos en la vigente normativa en materia de protección de datos personales, y especialmente el artículo 30 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. Los datos incluidos en dicho fichero son nombre y apellidos, dirección y teléfono, pertenecientes a particulares y personas jurídicas.

b.- el fichero “CLIENTES Y POTENCIALES”, titularidad de hibu, inscrito en el Registro General de Protección de Datos con el número 1942165105, obtenido a partir de los propios interesados y/o de fuentes de acceso público, el cual cumple con los requisitos exigidos en la vigente normativa en materia de protección de datos personales. Los datos incluidos en dicho fichero son DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma, imagen/voz, e-mail, así como otra información comercial, económica y financiera de empresas (personas jurídicas y personas físicas comerciantes, empresarios y profesionales, en el ámbito de su actividad empresarial.

 

3. Relaciones entre las Partes

3.1. El CLIENTE solicitará a hibu las bases de datos con el volumen de registros, criterios geográficos u otros a los que debe ajustarse la selección y datos requeridos, de conformidad con las variables de segmentación que se admiten y se describen en la Orden de Pedido.

3.2. El plazo de entrega de las bases de datos encargadas por el CLIENTE oscilará entre siete y quince días, salvo que el pedido requiera determinar otro plazo, lo cual será acordado entre las partes en cada caso.

3.3. Las bases de datos elaboradas en el marco del presente acuerdo tendrán una validez de tres meses desde su entrega, transcurridos los cuales no podrán ser utilizados sin ser convenientemente actualizados. La correspondiente actualización se producirá mediante extracciones y/o entregas parciales conforme a lo pactado en la Orden de Pedido.

 

4. Condiciones económicas

4.1. Como contraprestación por la prestación del Servicio, el Cliente pagará el precio que figura en la Orden de Pedido, siendo dicha cantidad incrementada con los impuestos aplicables en cada momento.

4.2. El Cliente se compromete a efectuar los pagos en la forma, fechas y plazos pactados en la Orden de Pedido. En caso de impago de algún plazo, se entenderán vencidos el resto de los plazos, pudiendo exigir hibu el pago total pendiente.

4.3. hibu se reserva el derecho de solicitar pagos a cuenta o la constitución de aval bancario a cargo del Cliente, según la naturaleza y el importe del servicio contratado.

 

5. Modificaciones o anulaciones

Para que las solicitudes de modificación de la Orden de Pedido por parte del Cliente puedan ser ejecutadas por hibu, deberán ser comunicadas por escrito, fechado y firmado por aquel y dirigido a hibu, que las ejecutará, cuando sean procedentes, dentro del plazo de quince días.

 

6. Condiciones específicas de las bases de datos procedentes del fichero FAP-RES

Además de las condiciones generales y particulares señaladas en el apartado 1, para el tratamiento de cualquier de cualquier base de datos derivada del fichero FAP-RES, serán de aplicación las siguientes condiciones específicas:

6.1. Por lo que respecta al tratamiento sobre datos de carácter personal con origen en el fichero FAP-RES, hibu garantiza que los datos utilizados para la elaboración del listado proceden de fuentes accesibles al público, estando su tratamiento con fines publicitarios amparado en lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

6.2. hibu exonera, en consecuencia, de cualquier responsabilidad al CLIENTE respecto de dicha utilización, siempre y cuando éste, por su parte, dé cumplimiento a cuantas obligaciones se derivan para el mismo de lo dispuesto en el presente contrato.

6.3. En todo caso, y conforme se dispone en el citado artículo 30 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el CLIENTE deberá incluir en cualquier envío o comunicación que pudiere dirigir a los destinatarios la información de que el responsable del tratamiento es hibu, de que el origen de sus datos son de fuentes accesibles al público, así como de la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición dirigiéndose a hibu Connect SAU, con la referencia “DATOS PERSONALES”, Apartado de Correos 41014 -28080 - Madrid.

6.4. Cuando se trate de una campaña de marketing telefónico o telemarketing, el CLIENTE se compromete a poner a disposición de los teleoperadores que lleven a cabo la acción publicitaria el correspondiente argumentario que recoja la información precedente, a fin de que puedan ser suministrados a los consumidores que así lo interesen y cuyos datos procedan de hibu Connect, SAU.

6.5. Las bases de datos elaborados por hibu que tengan origen en el fichero FAP-RES mencionado serán entregados directamente al CLIENTE. En este sentido, se deja constancia de que tal entrega no tiene, en ningún caso, el carácter de cesión de dato alguno, ya que dichos listados única y exclusivamente podrán ser utilizados para la remisión del envío publicitario convenido o para la realización de la acción publicitaria de que se trate, sin que, en consecuencia, pueda el CLIENTE, o la empresa a la que éste pudiera encargar la impresión y personalización del envío o la realización de la acción publicitaria, disponer, en ningún modo, de tal listado o de parte del mismo ni extraer dato alguno.

6.6. Concluida la remisión del envío publicitario o la realización de la acción publicitaria de que se trate, la empresa a la que ésta hubiera encargado la impresión y personalización del envío o la realización de la acción publicitaria, y subsidiariamente el CLIENTE, deberán proceder a la inmediata destrucción del listado sin poder guardar copia alguna, total o parcial, del mismo, debiendo certificar dicha destrucción.

6.7. El CLIENTE procederá a suscribir con las entidades encargadas de las labores de impresión y personalización los contratos necesarios a fin de garantizar la confidencialidad de los datos personales que deban ser tratados por dichas compañías, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos Personales, y en el marco del presente acuerdo.

6.8. Las bases de datos elaborados por hibu de conformidad con la Orden de Pedido serán confrontados, antes de su entrega y a fin de excluir a las personas que se hallaren inscritas en la misma en dicha fecha, con la denominada Lista Robinson inscrita como Código Tipo en el Registro General de Protección de Datos.

6.9. Igualmente, el listado elaborado por hibu podrá ser confrontado con el fichero o ficheros del beneficiario de la campaña para evitar una duplicidad de envíos o acciones publicitarias a los mismos destinatarios, garantizando hibu, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la LOPD, que mantendrá, en todo momento y en relación con el fichero o ficheros que le pudieren ser facilitados, las medidas de seguridad exigidas por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la LOPD .

6.10. Cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Cláusula que incumben al CLIENTE será de plena y exclusiva responsabilidad del mismo, el cual, en su caso, deberá resarcir a hibu de cuantos daños y perjuicios pudiere causar al mismo como consecuencia de tal incumplimiento, aun en el supuesto de que éstos derivaren de la actuación de la empresa impresora o personalizadora designada por el CLIENTE.

6.11. hibu no será responsable de una minoración en los márgenes de distribución que no les fueren imputables.

Versión vigente: V9 13-06-2023

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