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¿Qué epígrafe del IAE debo seleccionar?

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¿Qué epígrafe del IAE debo seleccionar?
En ocasiones, la falta de información esclarecedora acerca de ciertos temas de financiación, como puede ser lo concerniente al IAE o Impuesto de Actividades Económicas, puede complicar la tarea a la hora de plantearse la creación de una empresa. Por ello, en este post nuestra intención es despejar cualquier duda para que tengas claro qué epígrafe debes seleccionar.

¿Qué es el IAE?

Se trata de un impuesto que obliga a toda persona física o jurídica a darse de alta en el mismo, siempre y cuando desarrolle algún tipo de actividad empresarial, profesional o artística. Este impuesto tiene por periodo impositivo el año natural, es directo, proporcional, real y su recaudación corresponde con las Haciendas locales, es decir, los Ayuntamientos. Sin embargo, es conveniente aclarar que hay ciertas particularidades. Por ejemplo, si te has dado de alta como autónomo, el periodo impositivo se reduce desde el mismo momento del alta hasta final de año. Además, darse de alta no siempre implicar pagar, ya que sólo deberán hacerlo las entidades que obtengan un importe neto de cifra de negocio anual igual o mayor de 1.000.000 euros.

¿Cómo se agrupan los epígrafes del IAE?

Al darte de alta en Hacienda, a través del modelo 036 o 037, es necesario especificar qué actividad o actividades se van a desarrollar. Estas numerosas actividades se dividen en tres grandes secciones:
  • Actividades empresariales, entre las que se incluyen las ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios.
  • Actividades profesionales, que coinciden con las realizadas por profesionales relacionados con la agricultura, ganadería, caza, pesca, energía, agua, minería y diversas industrias como ganadera, química, de telecomunicaciones, etc.
  • Actividades artísticas, tales como el cine, teatro, circo, baile, música, deporte o actividades relacionadas con la tauromaquia.

¿Cómo sé cuál me corresponde realmente?

Es cierto que en ocasiones una misma actividad puede clasificarse como profesional y empresarial a la vez. Recordemos que la diferencia entre ambas es que la actividad profesional siempre exige que la realice una sola persona de manera directa y personal, mientras que las empresariales se ejercen en torno a una organización estructurada.  Además, siempre debes darte de alta en todas y cada una de las actividades económicas que realices, Es decir, si eres profesor de inglés pero también tienes un e-commerce de productos para mascotas, debes tramitar ambas altas, independientemente de que ambas actividades no tengan relación entre ellas. En este enlace puedes encontrar todos los diferentes tipos de actividad de acuerdo con las tres secciones mencionadas.

¿Qué pasa si soy autónomo/a?

Como hemos mencionado antes, la calidad de autónomo/a te exime del pago del IAE. No obstante, es obligatorio cursar el alta correspondiente a través del modelo 037 de declaración censal, en el que se indicarán, además, todas las actividades económicas que realices. Además, siempre y cuando las realices de manera individual tendrán la categoría de actividades profesionales.

Otras consideraciones fiscales

La elección del epígrafe conlleva ciertas implicaciones fiscales, como, por ejemplo:
  • Tipo de IVA aplicable, que contempla el 4,5%, 10%, 21% o exención, como en el caso de la educación.
  • En el caso de las actividades profesionales, es obligatorio aplicar una retención del 21% del IRPF en las facturas, siendo opcional reducirlo al 9% durante los tres primeros años de actividad. En el caso de actividades ganaderas, forestales y agrícolas disminuye hasta el 2%.
  • Las actividades de comercio minorista están obligadas al recargo de equivalencia del IVA.
   

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